Ciudad de Buenos Aires, 03/09/2018 VISTO el Expediente N° EX-2018-43088136-APN-DGD#MHA, la Ley N° 22.415 (Código Aduanero) y sus modificaciones, y CONSIDERANDO: Que en el apartado 1 del artículo 755 de la Ley Nº 22.415 (Código Aduanero) y sus modificaciones se faculta al PODER EJECUTIVO NACIONAL a gravar con derechos de exportación la exportación para consumo de mercaderías, a desgravar